Asistencia para personas y familias

La oficina de la Controladora colectó información en relación con el COVID-19. Para obtener más información sobre los programas y recursos disponibles visite la página web de la agencia correspondiente o póngase en contacto con sus representantes locales. La oficina de la Controladora del estado mantendrá la información al momento cada vez que haya cambios. Visite la página web para mantenerse informado/a sobre el plan del estado en lo que se refiere sobre esta pandemia (COVID-19).

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12 de enero del 2022

Asistencia Económica y Directa

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Crédito Tributario para Hijos Dependientes y Pagado por Adelantado
(Federal)
 
El Crédito Tributario para Hijos Dependientes y Pagado por Adelantado son pagos que el IRS paga por adelantado.  El IRS pagara la mitad del crédito total por medio de pagos mensuales comenzando el 15 de julio del 2021. Individuos y familias podrán reclamar la otra mitad cuando presenten su declaración de impuestos sobre los ingresos del 2021.   Estos cambios corresponden únicamente al año tributario del 2021.  Para calificar para los pagos adelantados del crédito tributario usted (y su cónyuge), si presentó una declaración conjunta, tiene(n) que:
•    Haber presentado una declaración de impuestos del 2019 o 2020 y haber reclamado el Crédito tributario para hijos en la declaración; o
•    Haber proporcionado al IRS su información en el 2020 para recibir el pago de Impacto Económico por medio de la-clave Non-Filers: Enter Payment Info Here; y además deben de:
•    Tener una vivienda principal ubicada en los Estados Unidos por más de la mitad del año (los 50 estados y el Distrito de Columbia) o presentar una declaración conjunta con un cónyuge que tiene una vivienda principal en los Estados Unidos por más de la mitad del año; y
•    Tener un hijo que lo califique y que sea menor de 18 años de edad al final del 2021 y que tenga un número de Seguro Social válido; y
•    Haber tenido ingresos menos de ciertos límites. 
 
El IRS determinara si los requisitos se han reunido y se basara en su(s) declaraciones de impuestos del 2020 o del 2019 and lo(s) inscribirán automáticamente para recibir los pagos por adelantado.   
Si usted(es) no está(n) requeridos de declarar impuestos y no le ha proporcionado su información al IRS todavía, tendrá que proporcionar alguna información básica en el siguiente enlace de inscripción:  
https://www.irs.gov/credits-deductions/child-tax-credit-non-filer-sign-up-tool
 
Los pagos terminaran para fines de diciembre del 2021. 
Ayuda con su(s)
Impuestos:
(Estatal)
California está ofreciendo ayuda para preparar sus impuestos y, demorará el plazo para declarar sus impuestos. Consulte la página en la red del estado bajo la agencia, Franchise Tax Board FAQ's en la siguiente sección para observar si alguna pregunta o respuesta se le pueda aplicar. https://www.ftb.ca.gov/about-ftb/newsroom/covid-19/index.html Varía
Golden State Stimulus
(Estatal)
El Golden State Stimulus (Programa del estado) ofrece un pago de $600 o $1,200 a las familias y personas de bajos ingresos que hayan sido excluidas de los fondos federales (conocido como el “Federal Stimulus”). Todos tienen derecho a recibir esta ayuda (Golden State Stimulus). Esto incluye a todas las personas que califican para el crédito por Ingresos del Trabajo de California (conocido como CalEITC) y el cual está basado en su declaración de impuestos del 2020 y también incluye a las personas con número de identificación personal del contribuyente (ITIN) con un ingreso ajustado de $75,000 al año o menos. Para calificar a este programa (Golden State ar Stimulus) debe enviar su declaración de impuestos basado en sus ingresos del 2020 con la agencia Franchise Tax Board (ftb.ca.gov) antes del plazo indicado. 15 de octubre del 2021
(Si debe impuestos, el plazo para pagar es el 17 de mayo del 2021).
Crédito de Impuestos por Ingresos del Trabajo de California
(CalEITC)

(Estatal)
 
CalEITC es un crédito que puede ser reembolsable para ayudar a las personas y familias con ingresos bajos o moderados. El crédito máximo para una persona sin dependientes es de $243, mientras que una pareja casada que presenta sus impuestos juntos y que tiene tres dependientes o más, podría recuperar hasta $3,027.
Un adulto, o una persona con un dependiente que califica, que tenga un seguro social o ITIN válido (para sí mismo, su cónyuge y sus dependientes que califican), ingresos del trabajo y un ingreso bruto ajustado de $30,000 o menos, podría calificar para recibir el CalEITC.
Debe presentar sus impuestos estatales del 2020 con la agencia FTB para recibir CalEITC. Puede reclamar esta ayuda hasta cuatro años anteriores por medio de sus impuestos estatales o puede modificar su declaración de impuestos estatales atrás para reclamar el CalEITC siempre y cuando tenga derecho a esta ayuda.
15 de octubre del 2021
(Si debe impuestos, el plazo para pagar fue el 17 de mayo del 2021).
 
Crédito de Impuestos para Dependientes Menores (YCTC)
(Estatal)
A los padres de familia con bajos ingresos o moderados, que estén trabajando y con niños de edad prescolar, se les ofrece una ayuda hasta de $1,000 por cada persona que declare impuestos.     Si califica para el CalEITC y tiene un dependiente que sea menor de seis años al final del año fiscal, es probable que también califique para el programa, YCTC. Para recibir ayuda del programa, YCTC, debe presentar su declaración de impuestos estatales del 2020 ante la agencia, FTB.
Puede presentar o modificar la declaración del 2019 para recibir la ayuda del programa, YCTC para dicho año fiscal si califica
15 de octubre del 2021
(Si debe impuestos, el plazo para pagar fue el 15 de abril del 2021).
Beneficios del Seguro de Desempleo (UI)
(Estatal/con fondos adicionales Federal)
Los beneficios del seguro de desempleo son pagos en efectivo que se basan en los ingresos anteriores. La ley federal de diciembre del 2020 extendió el plazo a cincuenta y nueve (59) semanas y agregó $300 por semana a los beneficios estatales y los últimos beneficios se pagaran hasta el ultima día de la semana del 6 de septiembre del 2021. Las personas que califican son las que perdieron su empleo o les cortaron horas de su horario o los padres de familia que no pueden trabajar porque están cuidando a su(s) criaturas porque las escuelas están cerradas debido al COVID-19. Solicite los beneficios con el Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD).
https://unemployment.edd.ca.gov/guide/benefits
Continua
Asistencia de Desempleo durante la Pandemia (PUA)
(Estatal/Federal)
Los beneficios del PUA son pagos para los Californianos desempleados que no suelen tener derecho a los beneficios del seguro de desempleo. Las personas que no están trabajando o les cortaron horas por consecuencias del COVID-19, incluyendo a propietarios de negocios, trabajadores independientes, contratistas independientes o aquellas personas con un historia de trabajo limitada. Podría ser elegible bajo la revaloración de los beneficios del PUA si una de las siguientes razones indica por qué usted está sin empleo.  Estas razones fueron aprobadas recientemente y no estaban disponibles cuando la aplicación se inició:
  • Usted era empleado/a y sus horas fueron reducidas o lo descansaron debido al estado de emergencias de salud por razones del COVID-19. Si previamente le negaron beneficios de una semana o más, bajo el programa del PUA, usted recibirá un mensaje en su cuenta en línea del UI con instrucciones en como completar su revaloración de los beneficios bajo el PUA.
  • Le negaron beneficios de desempleo porque usted se negó a regresar al trabajo o acepto una oferta de trabajo en un sitio que no estaba dentro de las normas de las pólizas de seguridad del COVID-19.  
  • Usted estaba empleado en una escuela o estaba desempleado por completo o parcialmente por los cambios en su trabajo, los cuales fueron causados directamente por el COVID-19
Si previamente le negaron beneficios de una semana o más, bajo el programa del PUA, usted recibirá un mensaje en su cuenta en línea del UI con instrucciones en como completar su revaloración de los beneficios bajo el PUA.
COVID-19 Asistencia para Funeral
(Federal)
FEMA está dando asistencia económica para gastos relacionados a funerales que tomaron lugar después del 20 de enero del 2020. No existe ningún requisito para la persona fallecida. No tienen que haber sido ciudadanos, documentados o residentes legales. Para calificar para asistencia con gastos de funeral, las siguientes condiciones aplican: El fallecimiento debió haber ocurrido dentro de los EE UU, incluyendo los territorios de los EE UU y el Distrito de Columbus; el certificado de muerte debe indicar que el fallecimiento fue causado por el COVID-19; y la persona que aplica para este beneficio no tiene requisitos de ciudadanía (puede ser documentado/indocumentado o ciudadano.), y haber sido la persona responsable por el pago de los gastos de funeral después del 20 de enero del 2020. Numero para asistir con gastos de funeral relacionados con el COVID-19:
(844) 684-6333 o TTY: (800) 462-7585
Para más información:
https://www.fema.gov/disasters/coronavirus/economic/funeral-assistance/faq
Continua
Programa para acceso a la red (internet)
(Emergency Broadband Benefit-EBB)

(Federal)
Proporciona hasta $50 al mes para cubrir los gastos de la red (internet).  También hay un reembolso (hasta $100) hacia equipos para conectar, por ejemplo: computadoras tabletas y laptops. Individuos que están discapacitados y con bajos ingresos. Existe un aumento para los ciudadanos de las tribus que viven en las tierras tribales.  Los requisitos del programa se pueden encontrar en la red:  
GetEmergencyBroadband.org
 
Las aplicaciones se pueden rendir por medio del enlace:
GetEmergencyBroadband.org
o por correo:
Emergency Broadband
Support Center
P.O. Box 7081
London, KY  40742
Inscripciones serán aceptadas comenzando el 12 de mayo del 2021 y terminan cuando los fondos se acaben.
Extensión del Plazo para enviar su(s) impuestos
(Estatal/Federal)
El plazo para enviar su(s) declaración de impuestos estatales y federales para el año 2020, se ha extendido.        
 
Cada individuo que declara sus impuestos.
Automáticamente. Cada individuo que declara impuestos no necesita solicitar ninguna forma ni llamar a una agencia de impuestos para calificar a esta ayuda.
El plazo para declarar sus impuestos se venció el 17 de mayo del 2021. Si no declaro sus impuestos estatales a tiempo, siga este enlace: www.ftb.ca.gov
Recuperación de Crédito y Reembolso(Recovery Rebate Credit)
(Federal)
La agencia federal conocida como el IRS mandó dos pagos en el 2020. El primer pago fue hasta $1,200 por adulto y $500 por cada dependiente, y el segundo pago fue hasta $600 por persona. Este crédito se les ofreció a las personas que calificaron para el “federal stimulus” y las cuales no recibieron un pago o no recibieron la cantidad total que les. correspondía. Tienen, la oportunidad de recuperar estos fondos por medio de un crédito en sus impuestos.
Por lo general, si usted es ciudadano estadounidense o extranjero residente en los EE. UU., usted es elegible para el monto total del tercer Pago de Impacto Económico si usted y su cónyuge presentan una declaración de impuestos conjunta) no es un dependiente de otro contribuyente y tiene un número de seguro social válido (ver excepción para personas casadas que presentan conjuntamente) y su ingreso ajustado (AGI,) en su declaración de impuestos no excede:
- $150,000 si está casado y presenta una declaración conjunta o si presenta como viuda/o que califica.
- $112,500 si se declara como cabeza de familia (HOH) o
- $75,000 para las personas elegibles que usan cualquier otro estado de presentación, como solteros y personas casadas que presentan declaraciones por separado.
Si usted cumplió requisitos y no recibió ninguno de los dos pagos federales, puede solicitarlos como un crédito en sus impuestos sobre los ingresos de 2020. La opción de registrarse en el IRS para recibir estos pagos sin presentar la declaración de impuestos ya no está disponible. Debe presentar la declaración del impuesto sobre los ingresos de 2020 ante el IRS para recibir los pagos, incluso si no tiene la obligación de presentar la declaración de impuestos. https://www.irs.gov/newsroom/recovery-rebate-credit
El plazo se venció. Este crédito fue incluido en los impuestos declarados y con un plazo del 17 de mayo del 2021.
Crédito de Impuestos por Ingresos del Trabajo (EITC)
(Federal)
El EITC es un crédito que ayuda a rebajar sus impuestos para ayudar a las personas y familias con bajos ingresos o moderados. El crédito máximo para una persona sin dependientes es $538, mientras que una pareja casada y que tiene tres dependientes o más podría recuperar hasta $6,660.
Los ciudadanos estadounidenses y los extranjeros residentes con un seguro social válido para trabajar en los EE. UU. que cumplen con los requisitos de ingresos del trabajo (que van desde un máximo de $15,820 para una persona sin dependientes que califiquen hasta $56,844 para una pareja casada que presenta una declaración de forma conjunta y que tiene tres dependientes o más) y que tienen ingresos de inversión limitados pueden calificar para el EITC.  https://www.irs.gov/credits-deductions/individuals/earned-income-tax-credit-eitc
 
Debe presentar su declaración del impuesto sobre los ingresos de 2020 ante el IRS para recibir el EITC y saber si tiene derecho a créditos adicionales.  https://www.irs.gov/individuals
El plazo se venció.  Este crédito fue incluido en los impuestos declarados y con un plazo del 17 de mayo del 2021.
Golden State Grant Program es una ayuda del estado
(Estatal)
El programa ofrece una ayuda de $600 (una vez) a los hogares con bajos ingresos que reciben otras ayudas estatales o federales.
Los hogares inscritos en el programa CalWORKs y los que reciben ayuda por medio del Seguro Social y otros programas como el State Supplementary Payment Program for Immigrants (CAPI) deberán de recibir la ayuda del Golden State Grant.
No se están aceptando aplicaciones. 
Todos los pagos se distribuyeron en abril del 2021.

Ayuda de Vivienda

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Asistencia de Hipoteca de California
(Estatal)
 
Proporciona recursos económicos para los dueños de vivienda para eliminar su(s) pagos atrasados de hipoteca.  Hay varios criterios para calificar, incluyendo:
•    Ingresos de todos los miembros de la vivienda que tienen más de 18 años de edad, o tienen menos del 100% de ingresos medios. AMI Calculadora
•    El dueño de vivienda debe estar por lo menos dos pagos atrasados a más tardar para el 27 de diciembre del 2021.

Para todos los criterios, visite la página:
https://camortgagerelief.org/whoiseligible/
https://camortgagerelief.org/es/ Los fondos serán usados. por el programa, hasta que todos se hayan distribuido, con un vencimiento proyectado para el 2025. 
Refugios para los desamparados y viviendas en caso de una emergencia Ayuda para encontrar un refugio o vivienda durante una emergencia en su zona. Cualquier persona que necesite un refugio o una vivienda de emergencia. Llame al 2-1-1 o póngase en contacto con una agencia local para obtener ayuda de inmediato. Continua
Suspensión de Desalojamiento
(Local)
La suspensión del desalojamiento en California impide el desalojo por falta de pago por parte de cualquier inquilino que esté pasando dificultades económicas por razones del COVID-19. Esta protección aplica a cualquier inquilino que declare a tiempo, bajo pena de perjurio, que no ha podido pagar su renta debido a circunstancias relacionadas con el COVID-19. Para evitar desalojamiento, inquilinos deben continuar el proceso de comprobar sus dificultades debido a la economía y causado por la pandemia.  Deben de pagar la cantidad mínima, la cual es el 25% de su renta, a más tardar, para el 1ro de octubre.  Los aplicantes que califiquen para esta ayuda podrían recibir el pago de meses de renta que esta vencida desde abril del 2020. Los inquilinos que no puedan pagar la totalidad del alquiler debido a COVID-19 deben entregar al arrendador una Declaración de dificultades económicas relacionadas con el COVID-19. Si recibe un formulario de este tipo por parte del arrendador, debe firmarlo y entregarlo en un plazo de 15 días para evitar el desalojo por falta de pago del alquiler adeudado. https://landlordtenant.dre.ca.gov/tenant/forms.html

Para obtener más información, visite el sitio web:  https://housing.ca.gov/covid_rr/index.html.
30 de septiembre del 2021

Ayuda de Emergencia para Pagar su Renta
(Programa local financiado por el estado)

Estos fondos son para ayudar a los inquilinos con ingresos bajos o moderados y/o desempleados para pagar su renta.
La ayuda de emergencia para pagar su renta es para los hogares con ingresos iguales o menos al 80% de los ingresos promedio de la zona (se da prioridad a los hogares con ingresos iguales o menos al 50% de los ingresos promedio y a las personas que han estado desempleadas durante 90 días al momento de solicitar ayuda). Si el dueño de vivienda decide no participar, el inquilino puede solicitar una ayuda equivalente al 25 % de su renta por el periodo de la deuda.
Los inquilinos que reúnan los requisitos necesarios podrán acceder a fondos para cubrir el 25 % de la renta de los meses de abril, mayo y junio del 2021, según los fondos disponibles.
Nota:  También se pueden pagar las facturas de servicios públicos atrasadas, siempre que haya fondos disponibles (i.e., luz, agua, electricidad…).
Visite el sitio Housing Is Key (La Vivienda es Clave) para encontrar información sobre su ciudad, condado o zona de cualquier Tribu(s).
Aplique inmediatamente. Los fondos del programa están limitados.
 Hipotecas: Extensión de Pago  (Desplazamiento)
(Federal)
El desplazamiento (delatar) del pago de hipotecas da asistencia económica para pagar la hipoteca y las tasas de una hipoteca que está respaldada por el gobierno federal siempre y cuando el dueño de vivienda esté teniendo dificultades económicas.  Si su hipoteca está respaldada por Fannie Mae, Freddie Mac o el gobierno federal, tiene derecho a una extensión de ciento ochenta (180) días por su desplazamiento del COVID-19, siempre y cuando usted la solicite. Póngase en contacto con el administrador de su hipoteca (el acreedor hipotecario).
Estas instituciones financieras han acordado proporcionar una extensión para pagar su hipoteca y las tasas. Visite el sitio
https://dfpi.ca.gov/covid19-updates-fi/
Se determinará en el futuro.
Alojamiento para Trabajadores Agrícolas (Housing for the Harvest)
(Local)
Este programa ofrece alojamiento temporal en hoteles a los trabajadores agrícolas que necesitan aislarse debido al COVID-19.
https://covid19.ca.gov/housing-for-agricultural-workers/
Los trabajadores deben cumplir los siguientes requisitos:
Trabajar en el sector agrícola (campo) o fábrica de alimentos (i.e., Foster Farms, canería, etc.)
 en California; cumplir los orequisitos de la agencia federal FEMA para el alojamiento temporal causad por el COVID-19; haber obtenido una prueba positiva del COVID, o haber estado expuestos según la documentación por un funcionario de salud pública o un profesional médico de la salud; y/o el no poder aislarse en su propia casa.
El programa Housing for the Harvest (Alojamiento para Trabajadores Agrícolas) está disponible en las regiones del Valle Central, la Costa Central y el Valle Imperial. Llame al administrador correspondiente de su condado:
https://covid19.ca.gov/housing-for-agricultural-workers/
Se determinara en el futuro

Asistencia de nutrición

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Programa para Mujeres, Bebés y Niños (WIC)
(Local)
WIC es un programa de salud y nutrición para bebés, niños menores de 5 años, mujeres embarazadas y nuevas mamás.  El programa WIC está disponible para mujeres embarazadas o durante su periodo de amamantamiento , bebés y niños pequeños si la persona pidiendo ayuda tiene ingresos anuales que son iguales o inferiores al 185% de las guías de ingresos que indican el nivel de pobreza en los EE. UU. (actualmente ingresos anuales de $46,435 para una familia de cuatro personas) y se considera que tiene un riesgo de nutrición. Es posible que también califique si recientemente ha perdido su empleo o no puede trabajar debido al COVID-19. Busque su oficina local en la red:
.myfamily.wic.ca.gov/../HowCanIGetWIC
Continua
Albergues de Comida
(Local)
Los albergues de comida (conocidos como “food banks”) proporcionan alimentos a quienes los necesitan a través de una red de organizaciones voluntarias en todo el estado (i.e., compañías sin lucro, iglesias, escuelas, etc.) Cualquier persona que necesite comida y alimentos puede participar Llame al 2-1-1 para hablar con alguien sobre los servicios disponibles en su zona o encuentre su albergue de comida (“food bank”) local aquí:
https://www.cafoodbanks.org/our-members/
N/A
CalFresh
(Local)
CalFresh, conocido a nivel federal como el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria o SNAP, proporciona beneficios alimentarios mensuales a personas y familias con bajos ingresos y proporciona beneficios económicos a las comunidades. Por lo general, existe una cantidad mínima y máxima de beneficios de CalFresh que puede recibir según el número de personas en el hogar. La oficina de CalFresh de su condado determina exactamente la cantidad que puede recibir y está basado según sus ingresos y gastos. Durante la pandemia del COVID-19, todos obtendrán el beneficio máximo que corresponde a según el número de personas en el hogar. Recibirá el depósito habitual del beneficio el día en que suele recibir el beneficio, y luego recibirá un segundo depósito en el siguiente mes. Presente los documentos que se indican en el sitio web de CalFresh:
www.getcalfresh.org/en/coronavirus#applying-for-calfresh
Continua
Programa Great Plates
(Local)
Los adultos mayores (de 60 años +) en California pueden obtener tres comidas gratuitas  con calidad de restaurante, por día con entrega a domicilio que ayuda a las personas mayores a permanecer seguros en casa durante la pandemia. Es posible que reúna los requisitos para acceder el programa Great Plates si tiene 60 años o más y se le ha diagnosticado COVID-19 o ha estado expuesto a dicha enfermedad, o si los CDC lo consideran de alto riesgo; si vive solo/a o con otro adulto que tenga los requisitos para el programa; si no recibe actualmente ayuda de otros programas estatales o federales de asistencia de alimentos o comida, como CalFresh/SNAP o Meals on Wheels; si tiene dificultades para acceder alimentos o para preparar sus propias comidas; si gana el 600 % o menos de las tasas de ingresos que definen el nivel de pobreza en los EE. UU.; o si vive en un condado o ciudad que participa en el programa. El programa ha terminado. Fecha ha expirado.

Ayuda para Estudiantes Universitarios

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Extensión o suspensión de pago de los préstamos para estudiantes universitarios
(Federal)
El Departamento de Educación de los Estados Unidos (ED) ha suspendido los pagos al gobierno federal de los préstamos relacionados a la educación de los estudiantes universitarios y además ha suspendido los cobros de los préstamos vencidos y ha bajado el interés al 0 % hasta el 30 de septiembre del 2021.
Estudiantes universitarios del momento o previos que han estado haciendo pago o aquellos que han faltado en hacer pagos. Algunos préstamos del gobierno federal para los estudiantes universitarios pertenecen a prestamistas privados (banco, compañías de finanzas, etc.) o universidades/colegios y por lo tanto no estarán sujetos a estas reglas.
Enlace para más información:
https://studentaid.gov/announcements-events/coronavirus
La extensión o suspensión de pago es automática para los préstamos del gobierno federal y relacionados con la educación universitaria. Si su préstamo pertenece a un prestamista privado (banco) o a su institución educativa (universidad), póngase en contacto con ellos directamente para solicitar ayuda. 31 de enero del 2022