Asistencia para empresas pequeñas afectadas por el COVID-19

La oficina de la Controladora colectó información en relación con el COVID-19. Para obtener más información sobre los programas y recursos disponibles visite la página web de la agencia correspondiente o póngase en contacto con sus representantes locales. La oficina de la Controladora del estado mantendrá la información al momento cada vez que haya cambios. Visite la página web para mantenerse informado/a sobre el plan del estado en lo que se refiere sobre esta pandemia (COVID-19)

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4 de enero del 2022

Programas Disponibles

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Alivio hacia el pago de la Licenciatura de Negocios para Empresas Pequeñas
(Estatal)
California ofrece dos años de ayuda para cubrir el costo de mantener la licenciatura de negocios. Los restaurantes y  negocios que sirven bebidas alcohólicas están licenciados por el Departamento de Control de Bebidas Alcohólicas (ABC) del estado, así como  los negocios de peluquería y cosmetología están licenciados por el Departamento de Asuntos del Consumidor. Consulte los requisitos para estos negocios en el siguiente enlace:  www.abc.ca.gov/..requirements-and-guidelines/
Las preguntas más frecuentes sobre los negocios de peluquería y cosmetología se encuentran aquí:
www.barbercosmo.ca.gov/../fee_relief_faq.pdf
Los restaurantes y negocios que sirven bebidas alcohólicas, deben presentar la solicitud a través del ABC: www.abc.ca.gov/.../renewal-fee-waiver/
La ayuda para las licencias de negocios de peluquería y cosmetología se aplicarán automáticamente.
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Programa para la Recuperación Económica de California
(Estatal)
Este programa ofrece préstamos hasta $100,000 o el 100% de los ingresos mensuales promedio de una empresa durante los tres meses antes de la pandemia del COVID-19.  Se aplicará la cantidad que sea menos. Las empresas que califican para este programa tienen cincuenta (50) empleados o menos, en comparación con los empleados que trabajaron tiempo completo (y lograron ingresos brutos menos de $2.5 millones en el 2019. Para calificar, las empresas también deben haber sufrido problemas económicos como un resultado directo del COVID-19 y el cual afectó el poder haber estado abiertos durante esta pandemia Comience el proceso de solicitud en el siguiente enlace:
www.connect2capital.com/p/californiarebuildingfund/
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Garantía del Préstamo de Ayuda en Caso de Un Llamado de Emergencia 
(Pandemia)

(Estatal)
El Programa de Garantía del Préstamo de Ayuda en caso de un llamado de emergencia (Pandemia) permite el acceso a recursos para  e empresas pequeñas que no califican para  recibir fondos federales en casos de un llamado de emergencia, incluyendo a las empresas  localizadas en comunidades de bajos recursos y de inmigrantes. Las empresas localizadas  en California con 1-750 o menos de setecientos cincuenta (750) empleados que hayan sido afectados negativamente por el COVID-19, así como las organizaciones sin fines de lucro que reúnan los requisitos necesarios, pueden calificar para este programa. Encuentre una compañía de préstamos en el siguiente enlace: ibank.ca.gov/small-business/participating-lenders/ o envíe un correo electrónico al Centro de Financiación de Empresas Pequeñas del Banco de Organización  y Desarrollo Económico de California con el correo electrónico: COVID19Loan@ibank.ca.gov. Continúa
Administración de Empresas Pequeñas (SBA) Ayuda con Deudas 
(Federal)
El programa ayuda, durante la pandemia, a los empresarios que tienen prestamos con el SBA a sobresalir de otras deudas y préstamos. Los que tienen prestamos por medio del programa del SBA 7(a), 504, y micro-prestamos que fueron aprobados hasta el 27 de septiembre del 2020 son elegibles a esta ayuda.
https://www.sba.gov/funding-programs/loans/coronavirus-relief-options/sba-debt-relief
Si tiene preguntas o necesita asistencia sobre su préstamo con SBA, llame a su prestamista. Continuo

Programas Vencidos

PROGRAMA
(Fuente)
¿EN QUÉ CONSISTE? ¿QUIÉN CALIFICA? ¿CÓMO SE SOLICITA? FECHA LÍMITE
Crédito Fiscal del IRS para la retención de empleados
(Federal)
El programa para retención de empleados del 2020 proporciona un crédito fiscal totalmente reembolsable equivalente al 50% de hasta $10,000 en salarios pagados por empleado(a) en el 2020.  Esto indica que una empresa que sea elegible a este programa puede recibir un crédito de $5,000 por empleado(a). 
Los dueños de negocios pueden tener acceso al Credito Fiscal durante el primer y segundo trimestre anual del 2021 antes de declarar sus impuestos de trabajo por medio de reducir su deposito de los impuestos de trabajo.    Negocios pequeños (i.e., negocios con 500 o menos empleados de tiempo completo en el 2019) pueden pedir un pago por adelantado del crédito disponible (esta sujeto a ciertos limites).
Para recibir el crédito del 2020, cualquier empresa que haya tenido que suspender su(s) operaciones en parte o totalmente durante el año 2020 debido a las órdenes de cierre del gobierno el cual limito el comercio, viaje o juntas por razones de la pandemia, , o que haya experimentado una  pérdida de mas del 50% de sus ingresos brutos.
Las reglas para el crédito del 2021 se han expandido para incluyir a negocios que han tenido que cerrar completamente o parcialmente o han visto una disminución de mas del 20% de los ingresos brutos del trimestre anual.
Obtenga más información en el siguiente enlace:
https://www.irs.gov/newsroom/irs-provides-guidance-for-employers-claiming-the-employee-retention-credit-for-first-two-quarters-of-2021
 
Disponible hasta el 31 de diciembre del 2021 (hay guias adicionales que están pendientes)
Préstamos de la Administración de Empresas Pequeñas para Perdidas Económicas durante un Desastre o Pandemia
(Federal)
Estos préstamos proporcionan ayuda económica para las empresas pequeñas y organizaciones sin fines de lucro para pagar sus obligaciones económicas y cubrir gastos que se hubieran cubierto si la pandemia no hubiera pasado.
Los detalles de los préstamos son:
Para prestamos aprobados comenzando la semana del 6 de abril del 2021: 24 mes de perdida económica con un préstamo máximo de $500,000.
Para prestamos aprobados antes de la semana del 6 de abril del 2021 vea en la red sobre el “aumento de prestamos.”
Los solicitantes deben encontrarse físicamente en los Estados Unidos y deben haber sufrido pérdidas a causa del COVID-19. Los solicitantes elegibles incluyen: empresas con quinientos (500) empleados o menos o aquellos que se definen como empresas pequeñas según los requisitos del SBA; cooperativas con quinientos (500) empleados o menos; las empresas agrícolas con quinientos (500) empleados o menos; la mayoría de las organizaciones privadas sin fines de lucro; las organizaciones religiosas; las empresas de una persona y los contratistas independientes. Solicite este programa a través del SBA:

https://covid19relief.sba.gov/#/
La fecha de vencimiento de la aplicación es el  31 de diciembre del 2021 Si un aplicante acepto un préstamo EIDL por menos de la cantidad originalmente ofrecida, el aplicante tiene hasta dos años después de la fecha de la nota de compromiso para pedir fondos adicionales.  
Inclusive, los aplicantes pueden continuar pidiendo fondos adicionales después de la fecha de vencimiento del 31 de diciembre del 2021, para aplicar.
 
Programa de Alivio y Ayuda de California para Lugares de Encuentro en Vivo 
(Estatal)
El programa apoya a lugares de encuentro(s) en vivo que funcionan independientemente, hayan sido afectados por el COVID19 y que necesitan ayuda para mantener su negocio abierto. Los lugares de encuentro(s) en vivo necesitan tener un domicilio y tener su negocio en California, el cual será verificado por medio de sus impuestos presentados con el Estado. Si los impuestos presentados indican un domicilio fuera de California, usted no será elegible para esta ayuda. Información sobre el programa:
https://cavenuesgrant.com/
 
El plazo para aplicar se vencerá el 30 de noviembre del 2021 a las 5:00 p.m.
Ayuda para Empresas Pequeñas con el Programa de Subsidios COVID-19
(Estatal)
California ofrece micro-subsidios (ayuda) que son competitivos y varían entre $5,000 y $25,000 para empresas pequeñas y organizaciones sin fines de lucro que califiquen y hayan sido afectadas por el COVID-19 y las restricciones de salud y seguridad relacionadas a esta pandemia. Los subsidios están disponibles para las empresas que han estado vigentes en California desde el 1 de junio del 2019 y que se han visto afectadas por el COVID-19. Las empresas pequeñas con ingresos brutos anuales entre $1,000 y $100,000 son elegibles para un subsidio (ayuda) de $5,000. Las empresas con ingresos entre $100,000 y $1,000,000 pueden recibir $15,000 en ayuda. Las empresas con ingresos entre $1,000,000 y $2,500,000 pueden recibir un subsidio (ayuda) de $25,000 Informacion sobre el programa:
careliefgrant.com/partners/county/
El plazo para aplicar se cerró
Alivio para Operadores de Locales Cerrados de la Administración de Empresas Pequeñas SBA
(SVOG)
(Federal)
Este programa ofrece subsidios (ayuda económica) equivalente al 45% de los ingresos brutos obtenidos por las empresas que cumplen los requisitos, con una ayuda máxima de $10 millones. Entre las empresas que reúnen los requisitos se encuentran los operadores o promotores de espectáculos en vivo o de teatro, los operadores de salas de cine, películas y museos, zoológicos y acuarios y los representantes de talentos artístico. www.sba.gov/....perators-grant#section-header-2 Encuentre más información y el enlace para aplicar aquí:
https://www.sba.gov/funding-programs/loans/covid-19-relief-options/shuttered-venue-operators-grant#section-header-2
El programa se ha cerrado y no está aceptando aplicaciones
Fondo para Recuperación Económica de Restaurantes
(Federal)
El fondo para Recuperación Económica de Restaurantes (RRF) les dará fondos a los restaurantes al igual de su pérdida de ingresos debido a la pandemia, hasta un máximo de $10,000,000 por empresa, con un máximo de $5,000,000 por local/sitio.  Los negocios no tienen que pagar estos fondos siempre y cuando los fondos se usen para gastos elegibles que se hayan hecho hasta el 11 de marzo del 2023.  
Negocios elegibles que hayan tenido pérdida de ingresos debido a la pandemia, incluye:  restaurantes, parada de comida, loncheras (food trucks), vendimias y puestos de comida, carritos y carteles de comida, puestos ambulantes y fijos, vendedores de comida a domicilio, salones de fiestas, locales que venden aperitivos y bebidas alcohólicas y sin alcohol, pastelerías (con  ventas al público que incluya por lo menos el  33% de los ingresos brutos), bodegas de vino y cerveza, y negocios que producen vino(s) y cervezas(s) con licencia para la venta de sus productos (de bebidas alcohólicas)  donde el consumidor pueda probar y/o comprar sus productos
El plazo para aplicar se venció y aplicación no esta disponible.

 

Ayuda y Extensión de Plazo para Declarar sus Impuestos
(Estatal)
California le está ofreciendo ayuda a las empresas con sus impuestos por medio de descuentos y extensiones de plazo para declararlos.   Visite el sitio web de la agencia California Department of Tax and Fee Administration para informarse si su empresa califica para estos descuentos.  https://www.cdtfa.ca.gov/services/covid19.htm El Programa se ha cerrado
Ayuda para Empresas Pequeñas con los Pagos del Impuesto de Ventas y Uso
(Estatal)
California al momento ofrece ayuda por medio de un plan de pago que dura doce (12) meses, no cobra  intereses hasta lograr un máximo de más de $50,000 de impuestos sobre las ventas y el impuesto de uso. Las empresas pequeñas de California, con menos de $5 millones en ventas anuales y sujetas a impuestos, pueden calificar para este programa. Esta ayuda únicamente se puede aplicar a los impuestos de ventas y uso con declaraciones que tienen una fecha de vencimiento originalmente entre el 15 de diciembre del 2020 y el 30 de abril del 2021. 
Una empresa que previamente participó en este plan de pagos sin intereses con un plazo de doce meses y que tiene un saldo que se debe pagar por completo a más tardar el 31 de julio del 2021, puede aplicar.
Aplique por medio del Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California:
www.cdtfa.ca.gov/services/covid19.htm
Los planes de pagos deben pagarse por completo a mas tardar para el 30 de abril del 2022, y esto lo calificara para recibir el 0% en intereses.
El periodo para aplicar se vencerá el 16 de agosto del 2021.
SBA 
Programa a Prueba (Community Navigator Pilot Program)

(Federal)
El programa ofrece ayuda de $1 millón a $5 millones para las organizaciones que ofrezcan: servicios de asesoramiento (terapia) personal, conexiones profesionales e informales para ayudar a los negocios pequeños a recuperarse económicamente de la pandemia causada por el COVID-19.
Organizaciones que son elegibles incluyen gobiernos del estado y locales, participantes de programas de desarrollo económico, centros para el desarrollo de las empresas pequeñas, universidades sin lucro y organizaciones financieras para el desarrollo de la comunidad y sin lucro, entre otras.
Más información sobre este programa y para solicitar la aplicación:
https://www.sba.gov/local-assistance/community-navigators
El plazo para aplicar se venció.
Suspensión de los Desalojos para los Inquilinos Comerciantes (Local) California ha suspendido toda ley estatal que evitara que cualquier gobierno local pudiera proteger a los aquilinos comerciales que tienen problemas por causa del COVID-19. Esta suspensión de la ley estatal depende de las acciones de los gobiernos locales y posiblemente no se pueda aplicar en todo el estado de California.   Los inquilinos de los comerciantes deben ponerse en contacto con los representantes de gobierno locales para ver si están cubiertos por esta suspensión de desalojo. Este programa se ha vencido.
Programa para Protección de  Sueldos
(Federal)
El Programa para Protección de Sueldos ofrece préstamos para ayudar a las empresas a retener sus empleados durante la pandemia del COVID-19. Los negocios elegibles para estos préstamos podrían ser elegibles para el perdón del préstamo en el futuro. Bajo la ley AB80 efectuada el 29 de abril del 2021, los préstamos que serán liquidados sin pago no tendrán que pagar impuestos and podrán deducir los gastos que califiquen bajo este programa; si es que puedan mostrar que tuvieron una pérdida de ingresos y ganancias de un mínimo de 25% durante uno de los trimestres fiscales, durante la pandemia.    Los siguientes podrían tener los requisitos necesarios para el programa: propietarios solos, contratistas independientes y trabajadores que trabajan para sí mismos; cualquier empresa pequeña que cumpla la norma de tamaño de la industria de la Administración de Empresas Pequeñas (SBA) o la norma de tamaño alternativo; cualquier empresa, organización sin fines de lucro 501(c)(3), organización de veteranos 501(c)(19) o empresa tribal (sec. 31(b)(2)(C) de la Ley con más de: quinientos (500) empleados o que cumpla con la norma de tamaño de la industria del SBA de más de quinientos (500) empleados; cualquier empresa con un código NAICS que empiece con 72 (Alojamientos y Servicios de Alimentación) que tenga más de un sitio físico y emplee a menos de quinientas (500) personas en cada sitio. Para encontrar un banco o compañía de préstamos  que este participando en este programa y que se encuentre cerca de usted, por favor solicite este beneficio en el siguiente enlace:
www.sba.gov/funding-programs/....protection-program
El programa termino el 31 de mayo del 2021.  
Sin embargo, algunos prestamistas pueden calificar para el programa que perdona prestamos por medio del SBA, comenzando el 4 de agosto del 2021.  Para más información y acceso al enlace:
https://www.sba.gov/funding-programs/loans/covid-19-relief-options/paycheck-protection-program